Jorge
Domínguez González
Vivir en una sociedad en la cual aparato del
Estado y los ciudadanos pongan en su actuar diario, en primer lugar, el cumplimiento de la ley; una sociedad donde
impere la ley podría ser una aspiración que vemos con beneplácito un porcentaje
de ciudadanos, quienes estaríamos de acuerdo en que así nuestro país mejoraría
de esta manera porque ello sería vivir la cultura de la legalidad Sin embargo, debemos de revisar la realidad
que existe porque también podríamos estar en una nación en la cual está arraigada la idea, que nos llegó desde los
tiempos de la llegada de los españoles, cuando según un
mensaje de un Virrey de la Nueva España enviado a un Rey español respecto a la aplicación de una ley, de que dicho ordenamiento “se acata, pero
no se cumple”. Con una cultura de la ilegalidad así, que nos
golpea, a mi ver, tendríamos que reconocer el esfuerzo presuroso y denodado de
algunas personas de conocer una ley…mas no para cumplir dicho ordenamiento,
sino para evadirlo, no para cumplirlo y de esta forma conservar los mismos
privilegios y goces que les impediría el cumplimiento de una ley dada.
A mi ver, el cumplimiento de la ley tampoco debe ser entendido como una
meta a alcanzar, sino como un límite a nuestro diario accionar. Creo que la
cultura de la legalidad parte de entender la ley como camino, encima de fijar
la ley como una meta.
A mi ver, convendría que los seres humanos
revisásemos en las doctrinas jurídicas la jerarquía de las leyes en todos los
países del mundo, es decir, ¿Cuál es el
orden del cumplimiento obligatorio de los distintos tipos de leyes? ¿Cuáles leyes,
reglamentos u ordenamientos se supeditan a cuáles leyes, reglamentos u
ordenamientos? Entiendo que cada país
tiene una ley suprema, una ley máxima, una carta magna, una ley que no es un plan futuro a cumplirse y
que generalmente es llamada
constitución y que es el documento
que establece el Estado de derecho y es el referente de los derechos y
de las libertades de los ciudadanos de esa nación y la forma de organizar el
poder del Estado, usualmente Poder Ejecutivo, Poder Legislativo y Poder
Judicial. Esta es la ley máxima de vigencia en todo ese país y sus territorios. Esta misma ley genera las
leyes reglamentarias de cada uno de los derechos o libertades que otorgan a sus ciudadanos y
que tocan aspectos referidos en la ley principal de manera más detallada; así
encontramos Ley de salud, Ley laboral, Ley agraria, Ley de educación, etc., las
cuales de ninguna manera han de
contravenir lo expresado en la carta magna, al menos que, se coludan por un
lado el Poder Ejecutivo y por el otro alguno de
los miembros del Poder Judicial.
Aunque para cambiar una carta magna se
requieren de las 2/3 partes de un Poder
Legislativo, en países con cultura política lejana de la legalidad es posible
observar, que la ley suprema diga una
cosa y las leyes reglamentarias digan otra y que el Poder Judicial, en su
conjunto, sea omiso y ciego a las
violaciones de las leyes de las cuales deberían de procurar su cumplimiento,
sin detrimento de la ley superior, o simple y sencillamente podemos constatar
que las leyes para beneficio del las mayorías no se cumplen.
En las repúblicas centralizadas, hasta aquí, es similar la
jerarquía de las leyes pero, cuando la nación está constituida como república
federal cada entidad federativa posee su
forma de organizar el poder público y su propia ley máxima. Así, cada estado
cuenta con un Poder Ejecutivo,
representado por un Gobernador; un Poder
Legislativo como lo son los Congresos locales, además existe un Poder Judicial, generalmente representado por un Supremo Tribunal de
Justicia de esa entidad. Luego, cada estado de la federación aparte de que
posee su propia organización del poder y
también tiene su propia ley máxima de aplicación en su ámbito estatal.
A ni entender, a diferencia de las repúblicas
centralistas, donde la aplicación de una ley es en todos sus departamentos; en los países federales, la ley máxima de un
estado o entidad federativa debe tocar aspectos que no toca la ley federal
máxima o no contravenir los derechos y libertades que ahí se establecen.
Aunque, también en este nivel observamos la actitud omisa y la ceguera de los
magistrados de Supremos Tribunales de Justica que “no ven” que las leyes
locales no se cumplen o contravienen las leyes federales en su práctica.
Por un lado, a mi mano derecha, miro a
quienes, en silencio y ocultándose, manifiestan
interés en las leyes y reglamentos pero, con la finalidad oculta de no
aplicarla y por otro lado, a mi mano
izquierda el clamor de quienes, a grandes voces, desean la aplicación de
la ley para sobrevivir en este país. En un caso, con la boca dicen apoyar
libertados y derechos y por los hechos los niegan el ejercicio de libertades y
derechos en el otro caso, el acoso y el moving por demandar el cumplimiento de
la ley.