sábado, 27 de octubre de 2012

NOTAS PARA OPINAR SOBRE LA REFORMA EDUCATIVA DE NIVEL SUPERIOR

                                                                                                                                                                                     Jorge Domínguez González

Para:  MGQ

Los  aspectos a tomar en cuenta para emitir una opinión una Reforma Educativa de Nivel Superior o para revisar una opinión sobre una Reforma Educativa de Nivel Superior son variados y van desde si es una motivación personal, hasta si es una exigencia institucional. En el primer caso debemos revisar nuestros valores auténticamente personales y revisar si pertenecen a esta categoría o asumir en la propuesta que no son de ese tipo, y reconocer en la formación de los valores existe la incidencia social. Hemos de analizarnos como emisores de un mensaje respecto.

Luego, analizar  a los posibles receptores de una opinión sobre Reforma Educativa de Nivel Superior. ¿Son escuelas de nivel superior con financiamiento público? ¿Son escuelas de nivel superior con financiamiento privado o sea que encuentran su financiamiento en las colegiaturas que pagan los alumnos? ¿O son  escuelas de nivel superior con financiamiento público, las cuales cobrando colegiaturas a los alumnos transitan a la plena privatización de la educación de nivel superior. A mi entender, el emitir una opinión sobre la situación actual sobre el financiamiento de la educación superior, implica dar a conocer mi opinión personal y auténtica al respecto; si es pública  (la opinión) quienes la lean revisarán la congruencia mía  de mi postura al respecto al financiamiento.

Junto con lo anterior, puede realizarse un repaso con lo que sucede en otros niveles educativos de la entidad, del país o del extranjero y señalar conforme a nuestros valores auténticamente personales: las coincidencias,  las diferencias y las contradicciones respecto a nuestra postura. A mi juicio, una opinión sobre Reforma Educativa de Nivel Superior, debe de contener, también,  el aspecto jurídico y la manera en  que se cumple o se tergiversa la ley máxima para que se produzca una aspecto de la realidad actual en ese sentido pero, en este caso hemos de ir a la Ley misma, porque –casualmente- a determinados intereses les puede importar que se basen, sobre el financiamiento educativo en el uso de la memoria y no de la letra que mandata  (como ley máxima) el financiamiento de la educación. A mi ver, no eleva el nivel de la discusión, sobre otros aspectos y este, el no manifestar de manera abierta y argumentada  el porqué se apoya o no un punto de vista  y en lugar de ello usar las tácticas de la derecha denigrando o descalificando, de muy diversas maneras, a quién no opina como nosotros.

Este derecho, el derecho a la educación gratuita en    t o d o s    los niveles de todas las escuelas de gobierno y que la derecha política  de  todos los partidos, con tanto repetirlo, nos quieren hacer creer que la fracción IV  del artículo 3° Constitucional  dice que el Estado ha de cumplir  con otorgar  la cobertura educativa, sin importarles, que para lograr su meta de cobertura, sea  en espacios de  instituciones privadas. Por ser de beneficio público para la sociedad  y por el alto índice de  jóvenes que no estudian, ni trabajan una Reforma Educativa de Nivel Superior debe contemplar el restablecimiento y vigencia de la letra de la fracción IV del artículo 3° Constitucional. Legalmente, no hacerlo genera el surgimiento de un nuevo tipo  laboral, dentro de las instituciones públicas: los profesores a contrato, sin los derechos de un trabajador de base. Entiendo que hay un pensamiento que favorece este actuar y otro que no ¿Cuál vertiente es la que yo u otro apoya diciéndolo?   

A mi entender, una Reforma Educativa de Nivel Superior y conforme al párrafo anterior el Estado  debe garantizar el ingreso de todos los jóvenes que desean estudiar a todas las universidades de Chihuahua y cuando el presupuesto dedicado a este fin por alguna razón sea insuficiente, considero que debe reglamentarse el ingreso de los alumnos a escuelas de educación superior sobre bases justas de manera clara y transparente, ya sea de forma  aleatoria en donde se establezcan los tamaños máximos  pedagógicos de los grupos, ya mediante procesos de selección que establezcan las puntuaciones mínimas de ingreso.     Entrar a un salón de una escuela de nivel superior y encontrar alumnas que se maquillan o pintan las uñas durante la clase, otros que platican durante la misma, otros que desconocen los hábitos lingüísticos de Chihuahua, seguramente nos habla de procesos pervertidos de ingreso a estas instituciones, en los cuales el ingreso se basaría en los” recomendados” de distinta índole. Sé que a la par de que ha habido voluntad   para evitar estas prácticas, se han realizado presiones para mantenerlas en algunas universidades de Chihuahua pero,  a mi ver, cada plantel y cada universidad es un caso único.

Otro aspecto que, a mi juicio, habría de contemplar  una Reforma Educativa de Nivel Superior sería el de la infraestructura educativa. Para cualquier chihuahuense ya resulta común ver en todas las localidades, escuelas que no corresponden a los climas de la entidad, escuelas de todos los niveles que, en invierno son verdaderos refrigeradores y en tiempo de calor unos hornos. Apenas hasta ahora existe una dependencia de nivel estatal está promoviendo la construcción de casas de adobe ¿Promovería la construcción de escuelas de adobe? ¿Qué sucedería con el contento de las cámaras de la construcción que han escuchado la propuesta de EPN de dedicar(les) importantes recursos a la infraestructura educativa.

Para mi estos son algunos de los temas importantes que contendría una  Reforma Educativa de Nivel Superior en Chihuahua. ¿Para usted?

 



 

 

domingo, 21 de octubre de 2012

LA LIBERTAD DE TRÁNSITO EN EL NOROESTE DE CHIHUHUA


LALIBERTAD DE TRÁNSITO EN EL NOROESTE DE CHIHUAHUA

Jorge Domínguez González

No sé porqué me están viniendo tan seguido los recuerdos de cuando estudiaba de joven, la vez pasada me acordé de una profesora, tal vez, por los procesos de envejecimiento y para concluir que “todo tempo pasado fue mejor”. Mi profesor Navarrete, de la asignatura de Civismo comentaba cada una de las Garantías Individuales establecidas desde el artículo 1° al 29 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, cuyo Capítulo I, el cual desde el 2011 ha pasado a llamarse “de los Derechos Humanos y sus Garantías.”

Antes como ahora en alguna parte de las leyes máximas, tanto del país como del estado de Chihuahua se establecía que en los recintos escolares debían darse a conocer a los alumnos de los planteles, tanto la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos como la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Chihuahua. Antes era de comparar el espíritu de cada una de las garantías ciudadanas en su origen, luego compararlas con la letra y luego con la realidad.

La Constitución Mexicana desde su promulgación el 5 de Febrero de 1917, dentro de 5 años, en el 2017 alcanzará un siglo de que fue dada a conocer a los mexicanos, esta ley mayor, a mi juicio, debió haber sido el límite y el camino para la sociedad, esta ley debió de estar alejada de entenderse como una lejana y centenaria meta a alcanzar. A un lustro de que la   Constitución sea una vieja centenaria, será una “señorita” que no fue puesta en práctica y es que no queda plasmado en la historia ningún año de que haya sido cumplida la Constitución de 1917, ni en las antiguamente llamadas “garantíassociales”, como lo son el artículo 3° que manda a los gobernantes “toda la educación que imparta el Estado será gratuita”; o el artículo 27 que ordenó para todos, incluyendo a nuestra región noroeste de Chihuahua, “la restitución de las tierras y aguas para los pueblos y ejidos” pero que a 95 años de su expedición no se ha buscado cumplir, sino legalizar su incumplimiento . Ni que decir de la protección de los trabajadores que establecía el artículo 123 de la referida ley, ahora que entre los diputados del partido que propuso dichas protecciones para los trabajadores y el partido de los conservadores comulgan para una reforma laboral y que la tortilla no se vuelva.

Desde niño, en los desfiles, veía los rostros adustos y las sonrisas en las caras de las autoridades civiles y militares. Ahora creo entender el motivo de esas muecas, las de quienes de quienes presidían los desfiles, desde el presídium, en especial el de 20 de Noviembre…pero ya estoy viejo.

En la secundaria revisábamos el Articulo 11 de el Articulo 11 de la Constitución Mexicana, que a la letra decía: “Toda persona tiene derecho para entrar en la Republica, salir de ella, viajar por su territorio y mudar de residencia, sin necesidad de carta de seguridad, pasaporte, salvoconducto u otros requisitos semejantes. El ejercicio de este derecho estará subordinado a las facultades de la autoridad judicial, en los casos de responsabilidad criminal o civil, y a las de la autoridad administrativa, por lo que toca a las limitaciones que impongan las leyes sobre emigración, inmigración y salubridad general de la republica, o sobre extranjeros perniciosos residentes en el país.” El año pasado le agregaron un párrafo sobre el derecho al asilo, más el entrecomillado es el que viene desde la publicación de esta ley, la cual como dije antes, en mi opinión debió ser límite y camino, nunca una meta a alcanzar.

Entre mis compañeros y yo, de ese artículo 11 constitucional entendíamos que la idea principal era la libertad de tránsito en el territorio nacional, para TODAS las personas, no sólo para los ciudadanos mexicanos pero, desde siempre, bueno desde los años 60´s la libertad de tránsito para los mexicanos, no sólo para los extranjeros, se ha perdido y es un derecho inexistente cuyo espíritu existe en la ley, mas nunca en los hechos. Nuestro debate estudiantil se centraba en si dentro de “todas las personas” se incluían a los de nacionalidad estadounidense como extranjeros perniciosos o no habida cuenta de lo pernicioso de su gobierno para el mundo.

Sin embargo, la libertad de tránsito en la Región Noroeste de Chihuahua ha sido apoyada por el pensamiento progresista, en tanto que el pensamiento conservador no lo apoya de manera plena; recuerdo que en1994 en periodista local reclamaba que “en el retén de La Fortuna debería de haber cuando menos un foco”, situación que pronto fue atendida por las autoridades, en tanto que hasta ahora dicho retén continúa siendo un obstáculo para la libertad de tránsito.

A mi ver, La Garita Aduanal del Puerto de Janos ubicada pocos kilómetros al sur de la cabecera municipal de Janos, Chih., y a más de 150 kilómetros de la línea divisoria entre México y Estados Unidos también constituye un impedimento para el ejercicio pleno de la libertad de tránsito, para una libertad ciudadana, para el ejercicio pleno de poder viajar por el territorio de la república, sin necesidad de mostrar la cartilla u otro tipo de salvoconducto como lo establece el espíritu del artículo 11 constitucional.

A mi entender, lo natural es que las garitas aduanales se ubiquen sobre la línea fronteriza  de los países, no en otros lugares porque, como en México, se presta para la práctica de la extorsión y de la corrupción de las autoridades del Sistema de Administración Tributaria (SAR) de la Secretaría de Hacienda (SH).

Hasta ahora, es extraño observar en contra de la Garita Aduanal del Puerto de Janos: manifestaciones y pronunciamientos de las presidencias municipales de la Región Noroeste de Chihuahua; puntos de acuerdo en el Congreso del Estado de Chihuahua; criterios unificados entre los senadores del PRI y del PAN y posiblemente denuncias penales ¿y la libertad de tránsito? Ninguna denuncia contra el atentado diario que se produce a la libertad de tránsito el retén de El Entronque, en el de La Fortuna y en otros cambiantes lugares de retenes fugaces, de distintas corporaciones gubernamentales, y en los cuales los ciudadanos de la Región Noroeste de Chihuahua solemos padecer al tratar de ejercer de manera plena, como marca la Constitución, nuestra libertad de tránsito.



 

 

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